Asesino Paloma India: Supremo rechaza recurso 25 años prisión permanente

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena impuesta a David M.L. por el brutal doble asesinato de su pareja, Paloma, y la hija de esta, India, de tan solo ocho años de edad. La decisión del Alto Tribunal, a la que Europa Press ha tenido acceso a través de fuentes jurídicas, desestima el recurso presentado por la defensa del condenado, cerrando así definitivamente el proceso judicial. Este fallo confirma las penas de 25 años de prisión por el asesinato de Paloma y prisión permanente revisable por el de la pequeña India, perpetrados la madrugada del 23 de enero de 2023 en el domicilio que compartían en el Paseo de Zorrilla de Valladolid.

El Supremo Ratifica la Condena por el Doble Asesinato de Valladolid

El Tribunal Supremo ha emitido una resolución que pone punto final al proceso judicial contra David M.L., el hombre condenado por el doble asesinato de su pareja, Paloma, y la hija de esta, India, de ocho años. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de casación presentado por la defensa del condenado, confirmando así de manera íntegra las penas impuestas en instancias anteriores. Esta decisión cierra el camino a cualquier otro recurso, consolidando una condena que ha conmocionado a la sociedad española.

La sentencia del Supremo ratifica lo ya dictaminado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que a su vez había avalado la resolución de la Audiencia Provincial de Valladolid. Esta última condenó a David M.L. a 25 años de cárcel por el asesinato de Paloma, su compañera sentimental, y a la pena de prisión permanente revisable por el asesinato de la pequeña India. La firmeza de la sentencia subraya la gravedad de los hechos y la contundencia de la respuesta judicial ante crímenes de esta naturaleza.

Entre las cuestiones planteadas por la defensa del condenado, y que han sido rechazadas por el Supremo, se encontraban argumentos relacionados con la aplicación de conceptos jurídicos clave como la alevosía y el ensañamiento. La defensa también intentó hacer valer una atenuante por la ingesta de drogas, un extremo que fue desestimado en todas las fases del proceso. La resolución del Supremo confirma que los hechos probados y la calificación jurídica de los mismos se ajustan a derecho, descartando cualquier error de aplicación de la ley.

El rechazo de estos argumentos por parte del Tribunal Supremo significa que se considera probada la concurrencia de las circunstancias agravantes que justificaron las elevadas penas. La alevosía, que implica asegurar la ejecución del delito sin riesgo para el agresor, y el ensañamiento, que supone aumentar deliberadamente el dolor de la víctima, fueron elementos cruciales para la calificación de los asesinatos. La ausencia de atenuantes, como la alegada ingesta de drogas, refuerza la plena imputabilidad del condenado en el momento de los hechos.

  • El Supremo desestima el recurso de David M.L. por infracción de ley.
  • Se ratifica la condena de 25 años por el asesinato de Paloma y prisión permanente revisable por el de India.
  • La decisión del Alto Tribunal es firme y no admite más recursos.
  • Se rechazan los argumentos de la defensa sobre alevosía, ensañamiento y atenuante por drogas.
💡 Dato: La prisión permanente revisable es la pena privativa de libertad de mayor gravedad en el ordenamiento jurídico español, aplicable a delitos de extrema gravedad como el asesinato de menores o múltiples asesinatos.

Detalles del Brutal Doble Crimen en el Paseo de Zorrilla

El doble crimen que ha culminado con la ratificación de la condena de David M.L. tuvo lugar la madrugada del 23 de enero de 2023 en un piso del Paseo de Zorrilla de Valladolid, una de las principales arterias de la capital vallisoletana. Los hechos se desencadenaron después de que David M.L. regresara al domicilio tras haber pasado la tarde y parte de la noche tomando copas con amigos en La Cistérniga y en la propia ciudad. Su llegada al hogar marcó el inicio de una secuencia de violencia que terminaría de forma trágica.

Según los hechos probados por el jurado popular y las instancias judiciales, Paloma intentó impedir la entrada de David M.L. en la vivienda, lo que desató una discusión. La situación escaló rápidamente y se trasladó a la cocina. Allí, el acusado, armado con un cuchillo de grandes dimensiones, comenzó a agredir a Paloma de forma indiscriminada. El ataque fue brutal, propinándole hasta 15 cuchilladas mientras ella se encontraba caída en el suelo, en un plano inferior, lo que dificultaba su defensa y aumentaba la vulnerabilidad.

Las cuchilladas fueron de una violencia extrema y causaron heridas mortales, alcanzando órganos vitales como el corazón y los pulmones de Paloma. Además, el agresor intentó acallar sus gritos tapándole la boca, lo que evidencia una clara intención de asegurar la impunidad de su acción. El informe forense documentó un total de 27 lesiones, incluyendo las producidas por el arma blanca, así como erosiones y hematomas, que reflejan la saña y el sufrimiento infligido a la víctima.

La pequeña India, de ocho años, fue testigo de parte de la terrible escena. En un acto de valentía y desesperación, la niña corrió a la habitación donde sabía que había un teléfono móvil de su madre y lo cogió con la intención de llamar al servicio de emergencias 112 desde el sofá del salón. Sin embargo, su intento fue descubierto por David M.L., quien la agredió con cinco cuchilladas. La primera de ellas fue especialmente brutal y mortal de necesidad, ya que le atravesó el cráneo. Otras tres cuchilladas fueron en la espalda y una más entre las mamas, en un acto que demostró una absoluta falta de piedad hacia la menor.

  • El doble crimen ocurrió el 23 de enero de 2023 en el Paseo de Zorrilla, Valladolid.
  • David M.L. atacó a Paloma con un cuchillo, propinándole hasta 15 cuchilladas mortales.
  • India intentó llamar al 112 antes de ser agredida con cinco cuchilladas, una de ellas mortal en el cráneo.
  • El jurado popular dictaminó la culpabilidad unánime del encausado el 19 de diciembre de 2024.
💡 Dato: El jurado popular consideró de forma unánime a David M.L. autor de ambos asesinatos el 19 de diciembre de 2024, un paso crucial para la sentencia final.

Claves Legales: Alevosía, Ensañamiento y Agravantes en la Sentencia

La contundencia de la sentencia contra David M.L., confirmada ahora por el Tribunal Supremo, se fundamenta en la aplicación de figuras jurídicas clave que agravan la responsabilidad penal por los crímenes cometidos. La Audiencia Provincial de Valladolid, y posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y el Supremo, consideraron probadas la alevosía y el ensañamiento en el asesinato de Paloma, así como la alevosía en el de la pequeña India, junto con agravantes de parentesco y, en el caso de Paloma, de razones de género.

La alevosía, un concepto fundamental en el derecho penal español, se refiere a la utilización de medios, modos o formas en la ejecución de un delito que tiendan directa y especialmente a asegurar su comisión, sin riesgo para el agresor, que proceda de la defensa que pudiera hacer el ofendido. En el caso de Paloma, el ataque indiscriminado con un cuchillo de grandes dimensiones, mientras ella estaba en el suelo y se le tapaba la boca para acallar sus gritos, fue considerado un claro ejemplo de alevosía. Respecto a India, la agresión a una niña de ocho años, en un estado de vulnerabilidad extrema, que intentaba pedir ayuda, también se calificó bajo esta circunstancia, ya que no tenía posibilidad alguna de defenderse eficazmente.

El ensañamiento, por su parte, implica aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando padecimientos innecesarios para la ejecución del delito. Las múltiples cuchilladas infligidas a Paloma, que superaron con creces las necesarias para causarle la muerte, y la brutalidad con la que fue agredida, fueron consideradas por los tribunales como una clara manifestación de ensañamiento. Este elemento resalta la crueldad y el desprecio por la vida humana con los que actuó el condenado.

Adicionalmente, la sentencia incorporó las agravantes de parentesco, por la relación de pareja con Paloma y la relación de filiación indirecta con India, y la agravante de actuar por razones de género en el asesinato de Paloma. Esta última agravante, esencial en casos de violencia machista, reconoce que el crimen fue motivado por la dominación o discriminación del hombre hacia la mujer. La combinación de estas circunstancias elevó la calificación de los hechos a asesinatos cualificados, justificando las severas penas impuestas, incluyendo la prisión permanente revisable.

  • La alevosía asegura la ejecución del crimen sin riesgo para el agresor y se aplicó a ambos asesinatos.
  • El ensañamiento implica aumentar el sufrimiento de la víctima, aplicado al asesinato de Paloma.
  • Las agravantes de parentesco y de actuar por razones de género fueron consideradas en la sentencia.
  • La ingesta de drogas como posible atenuante fue rechazada por todos los tribunales.
💡 Dato: La alevosía y el ensañamiento son dos de las circunstancias que, si concurren en un homicidio, lo transforman en asesinato, implicando penas mucho más severas. Puede consultar más sobre estos conceptos en la Wikipedia.

La Prisión Permanente Revisable y su Aplicación en España

La condena a David M.L. incluye la pena de prisión permanente revisable por el asesinato de la pequeña India, una de las figuras más controvertidas y de mayor calado en el sistema penal español. Esta pena, introducida en el Código Penal en 2015, está reservada para los delitos más graves y repulsivos, aquellos que causan una especial conmoción social por su crueldad y por la vulnerabilidad de las víctimas. Su aplicación en este caso subraya la consideración de la justicia sobre la extrema gravedad del crimen cometido contra una menor.

La prisión permanente revisable implica que el condenado permanecerá en prisión de forma indefinida, si bien la sentencia puede ser revisada tras el cumplimiento de un periodo mínimo de privación de libertad, que varía entre 25 y 35 años, dependiendo de la gravedad del delito y del número de ellos. Para que se conceda la libertad, es necesario que el tribunal evalúe la reinserción social del reo y que no exista un riesgo relevante de reiteración delictiva. Este mecanismo busca un equilibrio entre la necesidad de castigar severamente los crímenes más atroces y la posibilidad, aunque remota, de rehabilitación.

En el caso del asesinato de un menor, como el de India, la ley española contempla explícitamente la aplicación de la prisión permanente revisable. La indefensión y la extrema vulnerabilidad de la víctima infantil son factores determinantes para imponer esta pena. La sociedad y el sistema judicial buscan con ella proteger a los más débiles y enviar un mensaje claro de intolerancia ante la violencia extrema contra la infancia. La decisión del Supremo de ratificar esta pena para David M.L. confirma que se cumplen todos los requisitos legales para su imposición.

La introducción de la prisión permanente revisable generó un intenso debate en España, con defensores que la consideran una medida de justicia para las víctimas de crímenes atroces y disuasoria para potenciales delincuentes, y detractores que la ven como una forma de cadena perpetua encubierta, contraria a los principios de reinserción social y a la dignidad humana. No obstante, en la actualidad, es una pena plenamente vigente y aplicada por los tribunales españoles en casos como el que nos ocupa, donde la brutalidad y la indefensión de la víctima son patentes.

  • La prisión permanente revisable es la pena más grave del Código Penal español.
  • Se aplica a delitos de extrema gravedad, como el asesinato de menores.
  • Permite la revisión de la condena tras un periodo mínimo en prisión (25-35 años).
  • Su finalidad es proteger a las víctimas más vulnerables y castigar severamente crímenes atroces.
💡 Dato: La prisión permanente revisable se aplica en España desde 2015 y está regulada por el artículo 92 del Código Penal, estableciendo los requisitos para su revisión y posible suspensión. Más información en el Boletín Oficial del Estado.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál fue la decisión final del Tribunal Supremo sobre el caso?

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la defensa de David M.L., ratificando así las condenas de 25 años de prisión por el asesinato de Paloma y prisión permanente revisable por el de la pequeña India, cerrando definitivamente el proceso judicial.

¿Qué penas se impusieron a David M.L.?

David M.L. fue condenado a 25 años de cárcel por el asesinato con alevosía y ensañamiento de su pareja, Paloma, y a prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía de la hija de esta, India, de ocho años.

¿Cuándo ocurrieron los hechos y dónde?

Los asesinatos se produjeron la madrugada del 23 de enero de 2023 en el piso que David M.L. compartía con las víctimas en el Paseo de Zorrilla de Valladolid, tras una discusión al regresar el condenado al domicilio.

¿Qué argumentos de la defensa fueron rechazados por el Supremo?

La defensa de David M.L. planteó cuestiones sobre la correcta aplicación de la alevosía, el ensañamiento y una atenuante por la ingesta de drogas. Todas estas alegaciones fueron rechazadas por el Tribunal Supremo, confirmando la validez de las condenas previas.

¿Qué significa la prisión permanente revisable en este contexto?

La prisión permanente revisable es la pena máxima en España y se aplica a delitos extremadamente graves, como el asesinato de menores. Implica un encarcelamiento indefinido, aunque la condena puede ser revisada tras un largo periodo (25-35 años) si se cumplen ciertos requisitos de reinserción.

Conclusión

La decisión del Tribunal Supremo de rechazar el recurso de David M.L. marca el final de un doloroso y largo proceso judicial, confirmando las severas penas impuestas por el doble asesinato de Paloma y la pequeña India. La ratificación de los 25 años de prisión y la prisión permanente revisable por crímenes tan atroces envía un mensaje inequívoco sobre la firmeza del sistema judicial español ante la violencia machista y los delitos contra menores. Este fallo no solo busca hacer justicia a las víctimas y sus familias, sino también reafirmar los principios de protección de los más vulnerables en nuestra sociedad. La alevosía, el ensañamiento y las agravantes de parentesco y género han sido elementos clave en una sentencia que ya es firme y contra la que no cabe recurso, dejando claro que la justicia ha actuado con toda su contundencia.

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